dissabte, 11 de febrer del 2012

¿Cómo te afectará la reforma laboral?


Ejemplos prácticos de la reforma laboral

Eduardo Magallón
Barcelona

La reforma reduce la cuantía de las indemnizaciones casi para todos, recorta los topes y fomenta el uso del despido procedente.

A falta de conocer los detalles del real decreto, se puede realizar una aproximación sobre los efectos directos que la nueva norma tendrá sobre los trabajadores. La reforma laboral reduce la cuantía de las indemnizaciones casi para todos, recorta los topes y fomenta el uso del despido procedente.

4.600 euros menos para un mileurista con diez años de antigüedad

Un mileurista con diez años de antigüedad y que sea despedido de forma improcedente (sin causas) cobrará de media unos 4.600 euros menos cuando se aplique la reforma que antes.

En ese ejemplo teórico, un empleado mileurista (denominado A) en el gráfico con sueldo de 1.000 euros brutos mes por 14 pagas que fue despedido ayer con 10 años de antigüedad de forma improcedente hubiera cobrado 17.260 euros. En cambio, si a ese mileurista (denominado B en el gráfico) lo contratan hoy y lo despiden de aquí a 10 años de forma improcedente, cobrará 12.657 euros, 4.603 euros menos. Pero si el despido es procedente, en ambos casos (A y B) la indemnización sería de 7.670 euros.

Según Eduardo Peñacobo, socio del departamento de laboral de Baker & McKenzie, la reforma afecta a todos los trabajadores salvo a "los que tengan una antigüedad acreditada en la empresa de 28 años". Los trabajadores en activo y con contrato en vigor pero con menor antigüedad de los citados 28 años también cobrarán menos.

En el ejemplo tipo de un trabajador con el salario medio en España (1.858 euros por 12 mensualidades) que tenga 11 años de antigüedad y sea despedi- do de aquí a cuatro años, sufrirá una merma de casi 3.000 euros. Si no se hubiera aplicado la reforma y ese trabajador hubiera sido despedido con 15 años de antigüedad de forma improcedente, recibiría 41.805 euros.

En cambio, con la nueva reforma ese mismo empleado si es despedido de aquí a cuatro años después de trabajar quince recibiría una indemnización en parte con el sistema antiguo y en parte con el nuevo. De tal forma que los once primeros años serían a razón de 45 días y los cuatro restantes, a razón de 33. En total, 38.832 euros, 2.973 menos. Si el despido fuera procedente, recibiría 18.325 euros en ambos casos.

Los futuros contratados perderán un año y medio de indemnización

Un trabajador que fuera contratado ayer en una empresa y otro que sea contratado el lunes en la misma compañía y para el mismo puesto tendrán indemnizaciones distintas en caso de despido improcedente. En el primer caso, como el trabajador te- nía contrato en vigor antes del real decreto su indemni- zación sería de 45 días con un tope de 42 mensualidades. En cambio, para su compañero contratado el lunes sería de 33 días con un máximo de 24 mensualidades. Por lo tanto, se reduce el máximo en
18 meses, un año y medio.

Ahora bien, si existen causas objetivas, los dos empleados recibirían la misma indemnización de 20 días por año con el mismo tope de 12 mensualidades. Ese máximo se mantiene inalterable respecto a la situación anterior.

El despido exprés introducido en la reforma Aznar queda eliminado

El llamado despido exprés que se introdujo en la reforma realizada en el 2002 por el gobierno de José María Aznar desaparece. El artículo 45 de esa ley permitía al empresario pactar con sus trabajadores un despido improcedente con una indemnización de 45 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades. Esta fórmula resultaba más cara, pero era mucho más rápida, ya que al estar pactado el juez no intervenía y no demoraba el proceso de ajuste. Esto la había convertido en la principal vía de reducción de plantilla.

A partir de ahora todos los despidos improcedentes tendrán una indemnización máxima de 33 días por año con un máximo de 24 mensualidades. El objetivo es que todos los despidos sean justificados para situar la indemnización en la media europea (22 días).

La reforma laboral: Las empresas que encadenen tres trimestres con menos ingresos podrán despedir a 20 días

El Gobierno aprueba una reforma que "marcará un antes y un después" en la legislación laboral española y que incluye medidas como una deducción de 3.000 euros por la contratación de un primer trabajador menor de 30 años | Se prohíbe la posibilidad de encadenar indefinidamente contratos temporales y se limita a 24 meses

El Gobierno de Rajoy ha aprobado este viernes la esperada reforma laboral. Una reforma "extremadamente agresiva", en palabras del ministro de Economía, Luis de Guindos, supuestamente cazadas en Bruselas, pero que este viernes, en rueda de prensa, la vicepresidenta y portavoz del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha preferido definir como una reforma "profunda y completa" y que "va a marcar un antes y un después en la legislación laboral española".

Una reforma "histórica", que entra en vigor este sábado, y que "ataca la fuerte dualidad y la rigidez del mercado", según la ministra de Empleo, Fátima Báñez; que además ha apelado a la responsabilidad de los agentes sociales ante las advertencias de movilizaciones por parte de los sindicatos. Báñez se reunirá el lunes con ellos para explicar los detalles de la reforma.

Despido de 20 días por cáida de ingresos

Si bien ya se conocía que se abarataría el despido en el caso de que sea improcedente (de 45 a 33 días por año trabajado), una de las principales novedades que se ha conocido este viernes es que se ampliarán las causas objetivas del despido procedente (que supone una indemnización de 20 días). A partir de este decreto-ley, las empresas que encadenen tres trimestres consecutivos de caída de ingresos o ventas podrán acogerse a esta forma de despido.

Más allá de esta medida en concreto, la vicepresidenta ha enumerado los principales objetivos de la reforma. En primer lugar, Sáenz de Santamaría ha indicado que la reforma pretende "facilitar al máximo la contratación" con especial atención a tres colectivos: jóvenes, parados de larga duración y personas con muchas cargas. Además, la reforma busca más estabilidad en los empleos y promover la contratación indefinida por encima de otros tipos de contratos, ha asegurado la portavoz del Ejecutivo.

Otros de los objetivos detallados tanto por la vicepresidenta como por la ministra de Empleo, Fátima Báñez, es la flexibilización del mercado de trabajo para que el despido sea el último recurso del empresario, así como que la Formación sea un "derecho" que tenga el trabajador a lo largo de toda su vida laboral. Finalmente, la vicepresidenta ha apuntado dos objetivos más: la lucha contra la economía sumergida y el apoyo a los autónomos y las pymes.

Contrato indefinido para pymes

Una de las nuevas medidas que incluye la reforma con el objetivo de fomentar la contratación de jóvenes, la ha subrayado especialmente la vicepresidenta. Se trata de un contrato indefinido para emprendedores, que contempla una deducción de 3.000 euros para aquellas pequeñas o medianas empresas (de menos de 50 trabajadores) que contraten a un primer trabajador menor de 30 años en situación de paro.

La persona contratada además podrá cobrar el 25% de la prestación por desempleo y la empresa podrá deducirse en el plazo de un año el 50% del montante que al trabajador contratado le quede por percibir.

Reforma "en profundidad"

Punto por punto, la ministra Báñez ha entrado al detalle de algunas de las medidas que incluye el decreto-ley. Una de las más destacadas es que el Gobierno limita a 24 meses la posibilidad de encadenar contratos temporales de forma indefinida, una medida que se aplicará a partir de 31 de diciembre de 2012, y que, según el Gobierno, persigue que haya mayor estabilidad en el empleo.

Por otro lado, e inspirándose en el modelo dual alemán, la reforma incluye la creación de una cuenta de formación para cada trabajador, por lo que éste tendrá derecho a 20 horas de formación anuales pagadas por su empresa.

Báñez también ha anunciado la modificación del contrato estable a modo parcial con en el objetivo de impulsar la conciliación de la vida laboral y familiar. Y también hay cambios en el contrato de formación, que a partir de ahora, podrá realizarse con trabajadores de hasta 30 años hasta que la tasa de paro no baje del 15%. Cuando ésta caiga por debajo de este porcentaje, el límite de edad pasará a ser de 25 años.

También dirigido a afrontar el alto paro juvenil, el Ejecutivo aumenta a hasta 4.500 euros las bonificaciones para la contratación de jóvenes y de parados de larga duración.

La reforma permite que las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) puedan funcionar como agencias de colocación en colaboración con las oficinas de empleo públicas. Se trata, por lo tanto, de "sumar esfuerzos, entre el sector público y privado", ha dicho Báñez.

Por otro lado, los directivos de empresas del sector público que cesen en su cargo sólo tendrán derecho a una indemnización de 7 días por año trabajado con un límite máximo de 6 mensualidades. Y los directivos de los bancos que hayan sido sancionados se quedan sin indemnización en el caso de despido, ya que, se considerará éste como disciplinario.

Y, finalmente, como ya se había avanzado, la refoma laboral fija además que la prórroga máxima de los convenios colectivos vencidos será de dos años, con lo que se pone límite a la denominada "ultraactividad" que permitía el alargamiento prácticamente indefinido de los convenios.

En el mismo ámbito de la negociación colectiva, se establece que los convenios de cada empresa sean independientes de los que se hayan firmado a nivel superior. Asimismo, se facilita a las empresas en dificultades que se puedan "descolgar" del convenio, es decir no cumplir con lo pactado por las partes.

El abaratamiento del despido, al detalle

Una de las claves de esta reforma laboral es el abaratamiento del despido. Así, la indemnización por despido improcedente pasa de un máximo de 45 días a 33 para todos los trabajadores, con un máximo que alcanza los dos años de salario. El despido objetivo tendrá una indemnización generalizada de 20 días por año trabajado, y los nuevos emprendedores podrán despedir durante el primer año de su empresa sin indemnizar, el segundo a 20 días y el tercero a 33 días. Además, se ampliarán las causas de despido procedente por causas objetivas. En concreto, las empresas que encadenen tres trimestres con pérdidas podrán despedir con una indemnización de 20 días.

Los trabajadores que en la actualidad tienen un contrato indefinido hasta el día de la entrada en vigor de la ley se les calculará la indemnización a 45 días por año trabajado y a partir de esa fecha a 33 días, siempre que el despido sea improcedente.

España tiene actualmente 5,2 millones de parados (el 23% de la población activa) y se ha reducido el número de ocupados a 17,8 millones, cifra que pone en peligro las cuentas de la Seguridad Social.

De Decreto a proyecto de Ley

Aunque ha sido aprobada como Real-Decreto Ley, Saénz de Santamaría ha desvelado que el Gobierno tiene intención de tramitar la reforma laboral como proyecto de Ley para lograr "el máximo consenso posible". Así pues, tras esta aprobación, el texto pasará al Congreso para que sea, primero, convalidado, y, posteriormente, se vote su tramitación como proyecto de Ley.

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